El cálculo de los cuatro Factores que componen el Sistema de Desarrollo Profesional de Carrera (SDPC), consiste en obtener el puntaje ponderado por cada uno de los 4 factores, con base a las tablas autorizadas, que sumados determinarán la posibilidad de ser candidato a ingresar al nivel N1 o promoverse al nivel N2 o N3 del SDPC, conforme a la siguiente tabla:
En qué consiste cada factor:
A. EL FACTOR DE ANTIGÜEDAD EN EL SISTEMA EDUCATIVO. Será calificado conforme a la tabla establecida por los Lineamientos Generales del SDPC, tomando como base la antigüedad registrada en el Sistema Integral de Administración de Personal de la Secretaría de Educación Pública (SIAPSEP WEB).
B. FACTOR PREPARACIÓN ACADÉMICA. Se evaluará conforme al nivel Máximo de Estudios registrado por el trabajador en el “Expediente del Trabajador” y debidamente validado por su CMAO mediante certificado, cédula profesional o comprobante máximo de estudios con validez oficial y reconocidos por el Sistema Educativo Nacional y se valorará de acuerdo a la tabla de puntaje definida.
C. FACTOR DESEMPEÑO LABORAL. Se entiende por desempeño laboral del trabajador, a la suma de los valores asociados a las acciones que cotidianamente realiza para cumplir con responsabilidad, sus funciones como Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación o No Docente en el sistema educativo.
La calificación del trabajador se obtendrá a través de la aplicación de cuatro cédulas de evaluación: la primera y segunda, estarán bajo la responsabilidad de dos compañeros de trabajo que conozcan su desempeño, su valor total será de hasta 12 puntos; la tercera por parte del jefe inmediato, con valor de hasta 14 puntos; y la cuarta, autoevaluación por el trabajador, con valor de hasta 14 puntos; éstas evaluarán el conocimiento, comportamiento y resultados relacionados con su trabajo.
D. FACTOR FORMACIÓN, CAPACITACIÓN, Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL. Se considera la calificación obtenida por el trabajador en la acción de capacitación correspondiente a la “Segunda Etapa de la Convocatoria de Capacitación 2021” publicada por la Comisión Mixta Rectora el 3 de junio de 2021 o en la “Primera Etapa de la Convocatoria de Capacitación 2022” publicada por la Comisión Mixta Rectora el 28 de junio de 2022 respectivamente, y se valorará de acuerdo a la tabla de ponderación con el puntaje definido, tomando como base los criterios de la Comisión Mixta Rectora (CMR).
Las tablas de ponderación autorizadas por la Comisión Mixta Rectora para cada uno de los factores descritos, se pueden consultar a través del Centro de Atención en Línea (CAL) www.calsdpcsep.mx y en www.snte.org.mx.
Los resultados preliminares serán emitidos por la CMR y serán difundidos al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación (PAAE) a través de los correos electrónicos personales de los trabajadores que se encuentran registrados en el SIDEPAAE y por las Comisiones Mixtas Auxiliares de Operación (CMAO); asimismo se podrá consultar a través del SIDEPAAE, en el CAL (www.calsdpcsep.mx) y en el portal www.snte.org.mx.
A. EL FACTOR DE ANTIGÜEDAD EN EL SISTEMA EDUCATIVO. Será calificado conforme a la tabla establecida por los Lineamientos Generales del SDPC, tomando como base la antigüedad registrada en el Sistema Integral de Administración de Personal de la Secretaría de Educación Pública (SIAPSEP WEB).
B. FACTOR PREPARACIÓN ACADÉMICA. Se evaluará conforme al nivel Máximo de Estudios registrado por el trabajador en el “Expediente del Trabajador” y debidamente validado por su CMAO mediante certificado, cédula profesional o comprobante máximo de estudios con validez oficial y reconocidos por el Sistema Educativo Nacional y se valorará de acuerdo a la tabla de puntaje definida.
C. FACTOR DESEMPEÑO LABORAL. Se entiende por desempeño laboral del trabajador, a la suma de los valores asociados a las acciones que cotidianamente realiza para cumplir con responsabilidad, sus funciones como Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación o No Docente en el sistema educativo.
La calificación del trabajador se obtendrá a través de la aplicación de cuatro cédulas de evaluación: la primera y segunda, estarán bajo la responsabilidad de dos compañeros de trabajo que conozcan su desempeño, su valor total será de hasta 12 puntos; la tercera por parte del jefe inmediato, con valor de hasta 14 puntos; y la cuarta, autoevaluación por el trabajador, con valor de hasta 14 puntos; éstas evaluarán el conocimiento, comportamiento y resultados relacionados con su trabajo.
D. FACTOR FORMACIÓN, CAPACITACIÓN, Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL. Se considera la calificación obtenida por el trabajador en la acción de capacitación correspondiente a la “Segunda Etapa de la Convocatoria de Capacitación 2021” publicada por la Comisión Mixta Rectora el 3 de junio de 2021 o en la “Primera Etapa de la Convocatoria de Capacitación 2022” publicada por la Comisión Mixta Rectora el 28 de junio de 2022 respectivamente, y se valorará de acuerdo a la tabla de ponderación con el puntaje definido, tomando como base los criterios de la Comisión Mixta Rectora (CMR).
Las tablas de ponderación autorizadas por la Comisión Mixta Rectora para cada uno de los factores descritos, se pueden consultar a través del Centro de Atención en Línea (CAL) www.calsdpcsep.mx y en www.snte.org.mx.
Los resultados preliminares serán emitidos por la CMR y serán difundidos al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación (PAAE) a través de los correos electrónicos personales de los trabajadores que se encuentran registrados en el SIDEPAAE y por las Comisiones Mixtas Auxiliares de Operación (CMAO); asimismo se podrá consultar a través del SIDEPAAE, en el CAL (www.calsdpcsep.mx) y en el portal www.snte.org.mx.
A T E N T A M E N T E
Comisión Mixta Rectora.
Comisión Mixta Rectora.
Ciudad de México, a 19 de septiembre de 2022